Se recuerda a las PENSIONISTAS, que no pueden ausentarse del País por más de treinta días sin dar aviso a la Caja.
Si bien existen disposiciones previstas en los convenios internacionales suscritos por nuestro País que habilitan una permanencia superior al plazo estipulado, reiteramos que es necesario que todo pensionista que viaje debe concurrir al Organismo a dar cuenta de su futura ausencia.