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GERENCIA DE AFILIACIONES Y PRESTACIONES
DEPARTAMENTO DE CUENTAS DE AFILIADOS Y EMPRESAS
Ref. 1/18083
A LAS INSTITUCIONES ADSCRITAS:
En virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 18.083 de 27 de diciembre de 2006, y Decretos Reglamentarios del Poder Ejecutivo Nos. 148/007, 149/007 y 150/007, se hace saber a las instituciones adscritas lo siguiente:
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A partir del 1º de julio de 2007 corresponderá liquidar el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas, Categoría II (Rentas del Trabajo) del personal activo afiliado a esta Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, DIRECTAMENTE ANTE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA, O QUIEN ELLA INDIQUE.
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La Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias NO RECAUDARÁ dicho impuesto, ni evacuará consultas referidas al mismo en relación al personal afiliado en actividad, a partir de la liquidación de contribuciones especiales a la seguridad social del mes de cargo JULIO DE 2007.
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En tanto se dispuso en la mencionada Ley Nº 18.083 que será de aplicación el criterio de lo DEVENGADO, cuando deban liquidarse obligaciones por concepto de retroactividades anteriores al 1º de julio de 2007, deberá abonarse junto con ellas, en nuestras oficinas, los importes que de las mismas deriven emanados de la aplicación del Impuesto a las Retribuciones Personales (IRP), de acuerdo a la tasa vigente al mes y año en que las partidas fueran devengadas. Este pago se reflejará en las Planillas actualmente vigentes.
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En los casos de pagos de partidas cuyo devengamiento fuera anterior al 1º de julio de 2007, se utilizará el mismo criterio de lo DEVENGADO, explicado en numeral 3 anterior.
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El Impuesto a las Retribuciones Personales (IRP) fue derogado a partir del 1º de julio de 2007.
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Las actuales Planillas de Resumen, Planillas de Detalle, y demás formalidades registrales, continuarán siendo aplicables en lo pertinente. Es decir, que cuando se paguen partidas retroactivas, la porción anterior al 1º de julio de 2007 será vertida bajo el rubro 2819 al liquidar el Impuesto a las Retribuciones Personales, tanto en aportación patronal como personal.
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Ante cualquier duda que pudiera suscitarse al respecto, solicitamos dirigir sus consultas al Instituto, o bien telefónicamente al 915-5066 de la Sección Cuentas de Afiliados y Empresas.
p. CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS;
WILLIAM TOCHETTO IFRÁN JUAN TOMÁS
Jefe de Departamento CAE Gerente
Montevideo, 5 de junio de 2007.-
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