Preguntas Frecuentes

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Beneficios
  • ¿Quiénes tienen derecho a que se les presten libros liceales?

Tienen derecho al préstamo de libros liceales todos los afiliados, incluyendo además al cónyuge, hijos y nietos que fueran debidamente autorizados.
Por más información sobre el tema ingrese aquí.

  • ¿Hay algún beneficio para los pasivos en la compra de lentes de aumento?

La Caja Bancaria ha firmado convenios con una serie de ópticas en Uruguay, que efectúan descuentos al comprar sus productos.
Para consultar las ópticas con convenio con la Caja Bancaria ingrese aquí.

  • ¿Hay algún beneficio para los pasivos en la compra de audífonos?

La Caja Bancaria ha firmado convenios con una serie de empresas en Uruguay que brindan soluciones auditivas y que efectúan descuentos al comprar sus productos.
Para consultar las empresas con convenio con la Caja Bancaria y que brindan soluciones auditivas ingrese aquí.

Haberes Pendientes de Cobro
  • ¿Qué trámite debo hacer si fallece un jubilado o pensionista y existen haberes pendientes de cobro?

La Caja Bancaria abonará los haberes pendientes a aquellos herederos que acrediten debidamente su derecho al cobro.
Este es un trámite cuya documentación requerida admite diversas variantes en función del monto pendiente, por lo que sugerimos contactarse directamente con la sección Informes y Gestiones al teléfono 1925 interno 6000 o por el correo electrónico informes.gestiones@cjpb.org.uy.

Jubilación
  • ¿Dónde inicio el trámite para jubilarme?

El trámite se inicia en la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, Sección Informes y Gestiones, Planta Baja, Sector Zabala. En el caso de afiliados que residen en el interior del país, pueden solicitar el beneficio a través de correo postal para lo cual deben comunicarse previamente al teléfono 1925 interno 6000 (Sección Informes y Gestiones).

  • ¿Hay un plazo determinado dentro del cual tengo que solicitar la jubilación?

A efectos de percibir el beneficio desde la fecha de vigencia, no deben pasar más de 180 días calendario entre la configuración y la solicitud.

  • ¿Qué documentación debo presentar para solicitar la jubilación?

Debe concurrir con cédula de identidad vigente.

  • ¿Puedo cobrar en cuenta bancaria la jubilación?

Si. Puede percibir la jubilación a través de la acreditación en cuenta en Instituciones Financieras.

  • ¿En qué consiste la jubilación común?

La jubilación común se configura con un mínimo de 30 años de servicios y 60 de edad.
Desde el 1/1/2015 hasta el 30/12/2016 por un período de transición establecido en la Ley 18396 para las mujeres la edad mínima es 59 años.

  • ¿En qué consiste la jubilación especial?

La jubilación “especial” o también llamada “por enfermedad” es determinada por una junta médica y puede ser solicitada únicamente por el afiliado.

  • ¿En qué consiste la jubilación por edad avanzada?

La jubilación por edad avanzada se adquiere siempre que no se haya configurado causal común en Caja Bancaria y que no se cuente a la fecha de su vigencia con cualquier tipo de pasividad o retiro en otros organismos de seguridad social.
Se configura con los siguientes mínimos de edad y servicios:
70 años de edad y 15 años de servicios (*)
69 años de edad y 17 años de servicios
68 años de edad y 19 años de servicios
67 años de edad y 21 años de servicios
66 años de edad y 23 años de servicios
65 años de edad y 25 años de servicios
(*) Desde el 1/1/2015 hasta el 30/12/2016 por un período de transición establecido en la Ley 18396 el mínimo de servicios es de 14 años para ambos sexos y para las mujeres el mínimo de edad es de 69 años.

  • ¿En qué consiste la jubilación anticipada?

Acceden a la jubilación anticipada únicamente quienes hayan agotado el término máximo del subsidio por desempleo de la Banca gestionada en el 2002, tengan un mínimo de 30 años de servicios y de 50 o 55 años de edad para las mujeres y hombres respectivamente.

  • ¿Cuál es la edad mínima para acceder a la jubilación común?

La jubilación común se configura con un mínimo de 30 años de servicios y 60 de edad.
Desde el 1/1/2015 hasta el 30/12/2016 por un período de transición establecido en la Ley 18396 para las mujeres la edad mínima es 59 años.

  • ¿En qué fecha cobro la jubilación?

Ingrese aquí para consultar la fecha de cobro de las jubilaciones (consulte la Agenda de Pagos que dice Pasividades).

Pagos
  • ¿Si un afiliado fallece antes de la fecha de pago de su pasividad, los familiares o apoderados pueden cobrarla?

En caso de fallecimiento de un afiliado con anterioridad a la fecha de pago, no deberá hacerse efectivo el cobro de su pasividad por parte de apoderados o familiares, por más que el dinero correspondiente haya sido acreditado en la cuenta respectiva. Rogamos en dichos casos presentar a la brevedad la partida de defunción en nuestras Oficinas.

  • ¿En qué fecha cobro mi prestación?

Ingrese aquí para consultar la fecha de cobro de las jubilaciones, pensiones, subsidios por desempleo, subsidios por enfermedad y subsidios transitorios por incapacidad parcial.

Pensión
  • ¿Dónde inicio el trámite para solicitar pensión?

El trámite se inicia en la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, Sección Informes y Gestiones, Planta Baja, Sector Zabala. En el caso de afiliados que residen en el interior del país, pueden solicitar el beneficio a través de correo postal para lo cual deben comunicarse previamente al teléfono 1925 interno 6000 (Sección Informes y Gestiones).

  • ¿Hay un plazo determinado dentro del cual tengo que solicitar la pensión?

A efectos de percibir el beneficio desde la fecha de vigencia, no deben pasar más de 180 días calendario entre la configuración y la solicitud.

  • ¿Qué documentación debo presentar para solicitar la pensión?

La documentación vinculatoria y probatoria a ser aportada junto con el formulario, según corresponda y de acuerdo con la categoría de la pensión a que se tenga derecho, es la siguiente:

  • Partida de Defunción (original)
  • Partida de Matrimonio (original, emitida luego del fallecimiento)
  • Partidas de Nacimiento (originales) de los hijos con derechos pensionarios (menores de 21 años o mayores incapacitados)
  • Copia de Cédula de Identidad vigente de todos los beneficiarios de pensión
  • Sentencia de divorcio y constancia de importe de retención judicial, de ser necesario
  • Sentencia del reconocimiento judicial de unión concubinaria (si la hubiera)

La Caja podrá solicitar toda otra documentación o elemento complementario que estime del caso, para la mejor dilucidación del derecho pretendido.

  • ¿Debo poseer una cuenta bancaria para que allí me depositen la pensión?

Sí. Puede abrir a través del Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) una cuenta bancaria por Convenio Caja Bancaria – BROU, sin costo alguno.

  • ¿Quiénes pueden ser beneficiarios de una pensión?

Tienen derecho a la pensión las personas viudas (cónyuges o concubinos). En ausencia de éstos podrían acceder a pensión los hijos solteros menores de 21 años o mayores incapacitados sin recursos. Asimismo, podrán tener derecho a la prestación los padres absolutamente incapacitados para todo trabajo sin recursos.
También tienen derecho las personas divorciadas que a la fecha del fallecimiento fuesen beneficiarias de pensión alimenticia (homologada judicialmente).

  • ¿Qué asignación de pensión me corresponde?

Las asignaciones corresponden a los siguientes porcentajes de la jubilación (en caso de fallecimiento de un afiliado activo se realiza un cálculo de pasividad equivalente al de la jubilación por enfermedad):
Viuda o viudo con hijos menores a cargo el 75%
Viuda o viudo sin hijos menores a cargo el 66%
Hijos menores o incapacitados el 66%
Padres el 50%
Personas divorciadas con hijos menores a cargo el 75%
Personas divorciadas sin hijos menores a cargo un máximo del 50% (tope retención judicial)

  • ¿En qué fecha cobro la pensión?

Ingrese aquí para consultar la fecha de cobro de las pensiones. (consulte la Agenda de Pagos que dice Pasividades)

Subsidio para Expensas Funerarias
  • ¿La Caja Bancaria abona gastos de sepelio de sus afiliados?

En caso de fallecimiento de un afiliado (activo o jubilado) que no disponga de cobertura de servicio fúnebre, se abonará a quien acredite haberse hecho cargo de dicho costo un máximo de $ 26.002.
La solicitud debe efectuarse dentro de los 180 días posteriores al fallecimiento, luego caducará el derecho a la percepción del beneficio.

Subsidio por Desempleo
  • ¿Dónde inicio el trámite para solicitar el subsidio por desempleo?

El trámite se inicia en la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, Sección Informes y Gestiones, Planta Baja, Sector Zabala. En el caso de afiliados que residen en el interior del país, pueden solicitar el beneficio a través de correo postal para lo cual deben comunicarse previamente al teléfono 1925 interno 6000 (Sección Informes y Gestiones).

  • ¿Hay un plazo determinado dentro del cual tengo que solicitar el subsidio por desempleo?

El subsidio debe ser solicitado dentro de los 30 días posteriores a la desvinculación a efectos de ser percibido desde el comienzo.

  • ¿Qué documentación debo presentar para solicitar el subsidio por desempleo?

Debe presentar cédula de identidad vigente.
Para percibir el 20% suplementario deberá presentar:

  • Si es casado, partida de Matrimonio expedida posteriormente a la fecha de cese.
  • Si no es casado y tiene a su cargo ascendientes, descendientes menores de 21 años o familiares incapaces hasta 3er grado de consanguinidad deberá aportar la documentación pertinente.
  • Si se encuentra en situación de unión concubinaria deberá declararlo, y la acreditación del derecho se tramitará inmediatamente a la concesión del beneficio básico.
  • ¿Qué requisitos debo cumplir para cobrar el subsidio por desempleo?

Haber trabajado como mínimo 6 meses en la actividad privada en el correr del último año, en caso de empleados a jornal se exigirá además haber computado 150 jornales en los 6 meses en planillas.

  • ¿Existe más de un régimen vigente de subsidio por desempleo?

Sí, por lo que deberá consultar en las oficinas pertinentes cuál le corresponde.

  • ¿Puedo percibir subsidio por desempleo si estoy jubilado por otra Institución de Seguridad Social?

No, el subsidio es incompatible con el goce de una pasividad.

  • ¿Puedo percibir subsidio por desempleo si estoy trabajando en una empresa no afiliada a la Caja Bancaria?

Cuando el afiliado tenga más de un empleo y sea despedido en uno de ellos, se aplicará la forma de liquidación establecida para el multiempleo, pudiendo o no generar derecho el cobro (dependerá de los ingresos que perciba en cada trabajo).

  • ¿Cómo se calcula lo que voy a cobrar por subsidio por desempleo?

Se realiza el promedio de los últimos 6 meses de salarios y sobre éste se aplican los siguientes porcentajes:
1er mes 66%
2do mes 57%
3er mes 50%
4to mes 45%
5to mes 42%
6to mes 40%
En caso de estar casado o en unión concubinaria o tener hijos menores, se liquida un adicional del 20 %.

  • ¿Cuál es la fecha de inicio de mi subsidio?

El subsidio se liquida desde el primer día de desempleo.

  • ¿El subsidio por desempleo está gravado?

Efectivamente el subsidio por desempleo está gravado con aportes jubilatorios y FO.NA.SA.

  • ¿Puedo cobrar el subsidio por desempleo luego de la fecha que debía cobrarlo?

Los recibos de subsidio se emiten 3 meses consecutivos, en caso de no cobrar el 3er. mes estos se anulan.

  • ¿En qué fecha cobro el subsidio por desempleo?

Ingrese aquí para consultar la fecha de cobro de los Subsidios por Desempleo (consulte la Agenda de Pagos que dice Subsidios por Desempleo).

Subsidio por Enfermedad
  • ¿Se debe haber aportado a Caja Bancaria un tiempo mínimo para generar el derecho a solicitar el subsidio por enfermedad?

Se puede solicitar el subsidio por enfermedad de contar con un mínimo de 3 meses o 75 jornales de actividad.

  • ¿Puedo trabajar si estoy cobrando subsidio por enfermedad?

No, es incompatible el subsidio con la actividad.

  • ¿A cuánto equivale el subsidio por enfermedad que voy a cobrar?

Es el 70% del promedio de los últimos 6 meses más la doceava parte por concepto de aguinaldo.

  • ¿El subsidio por enfermedad que cobraré está gravado por descuentos legales?

Se aplica descuento de Montepíos y FO.NA.SA.

  • ¿Existe tope para el subsidio por enfermedad que cobraré?

Con vigencia 01/01/2021 el importe máximo a servir será de $52.077,23 mensuales (incluye la 1/12ava parte adicional por concepto de aguinaldo), valor que se ajustará en oportunidad de los ajustes a las remuneraciones de los funcionarios públicos.

  • ¿En qué fecha cobro el subsidio por enfermedad?

Ingrese aquí para consultar la fecha de cobro de los Subsidios por Enfermedad (consulte la Agenda de Pagos que dice Subsidios por Enfermedad).

Subsidio Transitorio por Incapacidad Parcial (S.T.I.P.)
  • ¿Puedo percibir subsidio transitorio por incapacidad parcial si estoy trabajando en una empresa no afiliada a Caja Bancaria?

El S.T.I.P. es compatible con el desempeño de tareas remuneradas en empresas no afiliadas a la Caja Bancaria.

  • ¿Cómo se calcula lo que voy a cobrar por subsidio transitorio por incapacidad parcial?

El cálculo es similar al de jubilación común y la “Tasa de Reemplazo” o porcentaje a percibir del promedio calculado es del 65 %.

  • ¿Durante cuánto tiempo puedo cobrar el subsidio transitorio por incapacidad parcial?

El plazo para la percepción de este beneficio es determinado por la Junta Médica, con un máximo de 3 años.

  • ¿En qué fecha cobro el subsidio Transitorio por Incapacidad Parcial?

Los Subsidios Transitorios por Incapacidad Parcial cobran en las mismas fechas que cobran los Jubilados y los Beneficiarios de Pensión. Ingrese aquí para consultar la fecha de cobro de los Subsidios Transitorios por Incapacidad Parcial (consulte la Agenda de Pagos que dice Pasividades).