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97° Aniversario de la Ley N°7.830 de creación del Instituto

Nuestra Institución llega a 97 años de vida.

Es con el esfuerzo incesante de muchas generaciones que nos precedieron, que hemos llegado hasta el presente con una gran Institución, que sigue en la permanente búsqueda de mejorar nuestra seguridad social.

A todos nos enseña su historia que durante casi un siglo de vida se han sabido superar tiempos difíciles.

La incertidumbre de la pandemia está quedando atrás, y ahora nos esperan nuevos desafíos que nos encuentran fuertes y unidos.

Por la calidad de su gente, por su entrega y compromiso, y por la responsabilidad de sus autoridades, se habrá de continuar en la senda marcada por los antecesores para entregar más y mejor seguridad social.

Feliz aniversario!!

Consejo Honorario

En Respuesta al Artículo del Semanario Búsqueda del 27 de Mayo

Publicamos a continuación el texto de la nota enviada a Semanario Búsqueda en respuesta a un artículo publicado en la edición del 27 de mayo pasado por dicho medio.

“La transferencia del Tesoro Nacional a la CJPB durante el 2020 fue de $ 450 millones y no de $ 4.600 millones como se afirma en el artículo. La Prestación Complementaria Patronal (PCP) no es un tributo sino una modalidad de aporte patronal”

Sr. Director

De nuestra mayor consideración:

En la edición del semanario de su dirección de fecha 27 de mayo próximo pasado, página 21, en un artículo que realiza un análisis del sistema previsional uruguayo y del proceso de reforma en trámite, se aporta información y se realizan afirmaciones inexactas referidas a nuestro Instituto.

En efecto, en el mencionado artículo en el párrafo en que se afirma que “…varios organismos de seguridad social son deficitarios y requieren de asistencia financiera estatal, ya sea por la vía de transferencias directas de dinero de Rentas Generales o recibiendo parte de lo recaudado por tributos…”, se cita como ejemplo “…la Prestación Complementaria Patronal en la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias (CJPB) que es un gravamen sobre los activos financieros que llega a representar 22% de los ingresos totales de ese subsistema…”.

Lo afirmado no es correcto. La Prestación Complementaria Patronal (PCP), como su propio nombre lo indica, no es un impuesto y cabe desde ya establecer, teniendo en cuenta lo dispuesto por el art. 15 del Código Tributario en el sentido de que el sujeto activo de la relación jurídica tributaria es un ente público acreedor del tributo que, por tanto, la Caja Bancaria no puede serlo porque no integra el Estado. Tampoco puede invocarse ninguna norma que determine que la citada prestación sea un impuesto afectado a la Caja, porque tal norma no existe. Y, en consecuencia, no podrá encontrarse en ninguna cuenta del Estado, ni en Rentas Generales ni en ninguna otra, transferencias a favor de la Caja Bancaria por ese concepto de prestación complementaria patronal. Antes bien, la naturaleza jurídica de esa prestación surge inequívocamente de la propia norma de su creación, esto es, la Ley 18.396, que expresa que es una modalidad de aporte patronal.

El art. 25 de esa ley denominado “…financiamiento patronal…” incluye en el mismo los aportes patronales y la adquisición de títulos de deuda. Asimismo, el art 26 que se denomina “aportes patronales”, establece que los mismos estarán “…constituidos por dos conceptos…”, un aporte patronal básico sobre las remuneraciones del personal y “…una prestación complementaria que se determinará en función de la naturaleza y magnitud de la actividad…” de las entidades y empresas afiliadas.

Consistente con esta naturaleza jurídica, y en el marco del cambio legal del modelo de financiamiento, en el artículo siguiente de la Ley 18.396 (art. 27) se dispuso simultáneamente una rebaja de los aportes patronales sobre la nómina (se fijaron en 5,5 puntos menos que los anteriormente vigentes), y se estableció que, adicionalmente habrá en el futuro un nuevo proceso de reducción, sujeto a determinadas condiciones, que alcanzará a otros 4,5 puntos más de rebaja y adicionalmente, por la emisión de títulos de deuda operará un tercer abatimiento de 4,5 puntos más del aporte patronal básico, según lo dispone el art. 30 de la multicitada Ley 18.396.

En consecuencia, la prestación complementaria es una modalidad de aporte patronal a cargo de las empresas afiliadas al Instituto, y por tanto no es la sociedad la que soporta ningún gravamen directo por ello. Esa prestación obviamente integra los costos de una empresa, pero de modo idéntico a como lo hace el aporte sobre la nómina y cualquier otro gasto de funcionamiento.

Asimismo, partiendo de un planteo equivocado y sin sustento legal, se suceden en el artículo de vuestro semanario al que hacemos referencia, conclusiones igualmente incorrectas, a saber:

a) se dice que si se suma a la transferencia directa estatal la recaudación de la PCP, “…el subsistema de los bancarios recibió casi $ 4.600 millones, es decir 3,5% de la contribución fiscal o equivalente dada al conjunto de la seguridad social …”, lo que, por lo arriba explicado, no se ajusta a la verdad; no existe ninguna contribución fiscal ni equivalente por este concepto. La única transferencia directa estatal que recibe la Caja es un aporte -transitorio y en continua baja por ser equivalente al adicional que abonan los jubilados anteriores a 2008- cuya magnitud es de $ 450 millones (diez veces menor que la señalada en vuestro artículo), y la incidencia de nuestro organismo sobre las transferencias de Rentas Generales a toda la seguridad social del país no es el 3,5% sino el 0,4%, según el Análisis Presupuestal de la Ley de Rendición de Cuentas de 2019. Como se advierte, hay una gran diferencia entre ambos porcentajes;

b) se calcula el dinero transferido a cada subsistema (incluyendo erróneamente en el caso de la Caja Bancaria la PCP), de acuerdo al número de los jubilados que cubre cada uno, y eso lleva a afirmar en vuestro artículo que por cada bancario se transfiere como contribución fiscal casi el doble (1,83) de lo que se hace por cada jubilado del BPS, lo que no es correcto. En realidad, la proporción real es de 0,18.

Finalmente, la conclusión del articulista es que la asistencia fiscal actual profundiza la distribución regresiva de la contribución que hace la sociedad, por lo cual es importante precisar correctamente su magnitud en cada caso. En particular, en el caso de nuestra Caja, trabajadores, empresas y jubilados aportan para dar sustentabilidad al sistema, incluso tasas superiores a las generales, y ese esfuerzo justifica las precisiones que preceden.

En el marco del pleno respeto a toda opinión periodística, se ha optado por sustentar lo expresado en las normas jurídicas citadas a efectos de la debida ilustración de vuestros lectores.

Agradeciendo al Sr. Director la publicación de la presente, saludamos a Vd. muy atte.

 

CONSEJO HONORARIO

96° Aniversario

El Consejo Honorario saluda a todos sus afiliados en este 96° aniversario de la ley de creación de nuestra Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias.

En estos momentos difíciles que atravesamos como sociedad, aprovechamos este aniversario para redoblar nuestros esfuerzos y seguir manteniendo firme nuestro compromiso de brindar cada día más y mejor seguridad social.

92° Aniversario

92º Aniversario CJPB

Al cumplirse este 14 de mayo un nuevo aniversario de la promulgación de la Ley de creación de nuestra Caja, el Consejo Honorario saluda a todos sus afiliados: empresas, trabajadores en actividad, jubilados, y pensionistas, y reitera en este día su más firme compromiso para continuar brindando protección social digna, suficiente y solidaria.

La Seguridad Social siempre en tu vida. Con el país en su historia. Con todos hacia el futuro, promoviendo la Cultura del Trabajo.

CONSEJO HONORARIO

91° Aniversario

91a
En un nuevo aniversario de la promulgación de la Ley de creación de nuestra Caja, el Consejo Honorario hace público su saludo a todos sus afiliados: empresas, trabajadores en actividad, jubilados, y pensionistas, reafirmando en este día nuestro más firme compromiso para continuar brindando protección social digna, suficiente y solidaria.

La Seguridad Social la construimos entre todos y seguimos avanzando.

CONSEJO HONORARIO

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