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Nuevo Gerente General

 

En la Sesión del Consejo Honorario realizada el miércoles 4 de setiembre pasado, el Consejo Honorario, por unanimidad de sus miembros, resolvió designar Gerente General al Licenciado Pablo Marco Lizondo, quien se desempeñaba como Gerente de Administración y Recursos Humanos, y venía desempeñando funciones en la Gerencia General desde el 1° de noviembre de 2023, tras el retiro del hasta entonces Gerente General el Doctor Escribano Fernando BRUSCO PAYSSÉ, quien pasó a la pasividad el 2 de enero de 2024.

Elección de Representante del Personal de las Instituciones, Entidades y Empresas Afiliadas en el Consejo Honorario

De conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, se convoca a la elección de un Representante del Personal de las Instituciones, Entidades y Empresas afiliadas en el Consejo Honorario del Instituto, con doble número de suplentes, para actuar en el período 1º de febrero de 2025 – 31 de enero 2028.

Son electores quienes sean afiliados activos de la Caja a la fecha del acto electoral que se realizará el martes 22 de octubre de 2024, entre las 11:00 y las 17:00 horas, en la Sede del Organismo (Circunvalación Durango Nº314 – Montevideo).

También se admitirá el “voto observado” previo en locales habilitados a tales efectos en el interior del país, a los cuales se enviará con antelación suficiente, sobres de votación y demás materiales para que se pueda ejercer el sufragio. En estos casos se podrá votar a partir de la recepción de los elementos necesarios para ello, y solamente se considerarán los sobres de “voto observado” que en debida forma lleguen a nuestra Sede antes de las 17:00 horas del día 22 de octubre de 2024.

Las listas de candidatos deberán registrarse en las oficinas de Ia Caja indefectiblemente antes de las 17:30 horas del martes 15 de octubre de 2024, y cumplir con todos los requisitos exigidos por los artículos 3º, 4º y 6º del Decreto Reglamentario de 27 de setiembre de 1926.

De tener interés en que las listas de candidatos se remitan junto con el material necesario para votar observado, es indispensable registrar las mismas ante nuestras oficinas y enviar stock suficiente antes de las 17:30 horas del 4 de octubre de 2024.

En caso de no recibirse los ejemplares de las mismas al término del plazo precedentemente señalado, será de cargo del patrocinante la remisión de las listas a los potenciales votantes.

Por mayor información sírvase contactarnos telefónicamente (2915.22.60 de lunes a viernes entre las 11:00 y las 18:00 horas) o por correo electrónico (elecciones@cjpb.org.uy).

COMISION ELECTORAL

Setiembre de 2024

Comunicado 2024/004 de Gerencia de Recaudación y Fiscalización

A INSTITUCIONES ENTIDADES Y EMPRESAS COMPRENDIDAS (IEEC)

 

ALTAS DE ACTIVIDAD CON DOCUMENTACIÓN EXTRANJERA

 

Se comunica a las instituciones afiliadas, que es imprescindible realizar las altas de actividad en el Sistema de Recaudación Remoto SICORE, con la misma documentación de identidad presentada ante el Banco de Previsión Social.

En caso de altas con documento de identidad extranjero, una vez se actualice a cédula de identidad uruguaya, deberá registrarse la misma en nuestro Instituto, a través del correo informes.gestiones@cjpb.org.uy, adjuntando copia con las aclaraciones pertinentes.

 

FERNANDO ALVAREZ VILLEGAS ANDRÉS BAUZÁ AGUILERA
Jefe de Departamento Gerente
Recaudación y Fiscalización Recaudación y Fiscalización

 

Montevideo, agosto 9 de 2024

Comunicado 2024/003 de Gerencia de Recaudación y Fiscalización

A INSTITUCIONES ENTIDADES Y EMPRESAS COMPRENDIDAS (IEEC)

 

Sanción por atraso en pago de aportes

Se pone con conocimiento de las empresas afiliadas lo resuelto por el Consejo Honorario a través de la Resolución Nº 1138/2024 del 12/6/2024:

1º) Disponer que cuando se viertan contribuciones luego del vencimiento del plazo legal, se calcularán las multas y recargos de acuerdo al procedimiento establecido en el Decreto-Ley Nº 14.306 de 29 de noviembre de 1974 (Código Tributario) -modificativas y concordantes-.

2º) Si las obligaciones fueron canceladas dentro del mes de vencimiento y la empresa no registra incumplimientos en el último año móvil, en aplicación de las potestades otorgadas al Consejo Honorario por el Art. 94º del Código Tributario ya mencionado, no se reclamarán multas, recargos y/o intereses, considerando que se está ante la figura del buen pagador.

3º) Ante una reclamación realizada por nuestro Instituto y de considerar la empresa que está comprendida en los eximentes de responsabilidad que enumera el Art 106º del Código Tributario, deberá presentar los recaudos documentales que acrediten tal extremo, quedando de cargo de la Gerencia de Recaudación y Fiscalización y de la Gerencia General, previa evaluación de la situación generada, laudar sobre lo acontecido.

4º) Poner en práctica el mecanismo previsto por la presente resolución a partir del 1° de diciembre de 2023.

Se procederá por parte de esta Gerencia al análisis de todas las situaciones que se generaron desde el 1º de diciembre aludido a la luz de la nueva resolución, procediendo, de corresponder con los ajustes pertinentes. Se librará comunicación individual en aquellos casos comprendidos.

FERNANDO ALVAREZ VILLEGAS ANDRÉS BAUZÁ AGUILERA
Jefe de Departamento Gerente
Recaudación y Fiscalización Recaudación y Fiscalización

 

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