Préstamos

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Novedad: solicitud de préstamo por correo electrónico

Todos los afiliados activos y pasivos podrán gestionar sus préstamos a través de nuestro correo electrónico: sac@cjpb.org.uy.

En el caso de los pasivos, deberán remitir nota especificando monto líquido y plazo deseados y acompañar con constancia de domicilio y fotocopia de C.I.

En el caso de los activos, deberán remitir nota especificando monto líquido y plazo deseados y número y tipo de cuenta y Banco para depositar el monto resultante de la operación. Deberán adjuntar la carta de autorización de la empresa, donde debe constar firma y sello de la persona que autoriza por la empresa, los últimos seis recibos de sueldo, fotocopia de C.I. y una constancia de domicilio.

En ambos casos, se contestará por correo electrónico. El afiliado deberá imprimir el vale, completarlo debidamente y puede devolverlo por correo o personalmente. A las cuarenta y ocho horas hábiles de recibido el documento debidamente firmado, se acreditará la suma resultante de la operación en la cuenta correspondiente.

No se aceptará que el vale impreso sea devuelto por fax o por correo electrónico.

Beneficiarios

Afiliados a Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias: pasivos en general y activos presupuestados o con cargos permanentes con más de un año de aportación continua a la Caja.

En ambos casos no deben mantener atrasos en sus obligaciones para con el Instituto y deben haber tenido un correcto comportamiento en el pago de préstamos anteriores.

Previo a la concesión del préstamo, se realizará la consulta de los antecedentes crediticios y comerciales del solicitante.

El Afiliado debe tener residencia en Uruguay.

Características

Los préstamos son en cuotas fijas en pesos uruguayos, a sola firma y sin garantía.

El monto será el menor de los siguiente topes:

  1. La cifra máxima que permita el análisis del recibo de pasividad o sueldo (en el caso de los activos se considerarán los últimos 6 recibos de sueldo). Se aplicarán las disposiciones establecidas en los arts. 32º (orden de prioridad de los descuentos) y 34º (mínimo intangible) de la Ley Nº19.210 de Inclusión Financiera.
  2. Seis haberes nominales (sueldo y prima por antigüedad únicamente) o seis pasividades nominales. En caso de activos que tengan menos de 5 años de antigüedad en la empresa, el tope es un haber nominal.
  3. Cuatrocientos cincuenta mil pesos uruguayos para los activos. En caso de activos que tengan menos de 5 años de antigüedad en la empresa, el tope es $90.000. En el caso de los pasivos un tope diferencial por edad:
Hasta 69 años de edad $ 450.000
Entre 70 y 79 años de edad $ 300.000
Entre 80 y 89 años de edad $ 185.000
Entre 90 y 94 años de edad $ 135.000
Más de 95 años de edad $   90.000
Plazos, tasas y cuotas
Plazos, tasas y cuota cada $ 1.000 de préstamo:

6 meses
26% más IVA
cuota $ 180,78
12 meses
27% más IVA
cuota $   97,22
Renovación

Los préstamos solicitados antes de 2 de enreo del 2023 podrán ser renovados cuando se haya abonado la cuarta parte de las cuotas pactadas y registrado un correcto comportamiento de pago. Los préstamos solicitados después de 2 de enero de 2023 no podrán ser renovados.

Cobro de cuotas

Se descuentan mensualmente del sueldo o de la pasividad. En caso de desvinculación por renuncia o exoneración, el monto de la cancelación total deberá ser retenido de la liquidación final por egreso.

Cancelación automática

En caso de fallecimiento, pero no comprenderá las cuotas impagas total o parcialmente generadas con anterioridad al mes de fallecimiento, las que serán asumidas por sus causahabientes.

Documentación y requisitos
  • Cédula de identidad vigente.
  • En el caso de activos, debe presentar los seis recibos de sueldo anteriores al del mes en que solicita el préstamo y carta de autorización de la empresa, con firma y sello de la persona que autoriza por la empresa, expedida en la fecha en que se cobra el préstamo,  la que puede ser descargada de nuestro sitio web (pulse aquí para descargar).
  • Además debe presentar constancia de domicilio (factura de UTE, OSE, ANTEL, etc.  a nombre del afiliado).
Apoderados

Podrán operar quienes estén autorizados para sacar préstamos en Caja Bancaria, mediante carta poder expedida ante Escribano Público. El poder tiene que estar aprobado por el Escribano del Instituto.

Necesitan autorización expresa por escrito del titular para realizar este préstamo en particular y certificación de existencia policial del titular –expedida en la misma fecha en que se cobra el préstamo– y copia de cédula de identidad.

Podrán operar por el 50% del importe que podría sacar el titular.

Vigencia de las condiciones de los prestámos amortizables

A partir del 9 de noviembre de 2017.

Consultas

Sección Servicio de Atención Centralizada
Teléfono: 1925 opción 1
Fax: 2915-3361
Correo Electrónico: sac@cjpb.org.uy