Información – Subsidio por Enfermedad para Mayores de 65 años

Importante: actualización de la información

De acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en el Decreto T/71 de 7 de julio 2020, el subsidio por enfermedad para mayores de 65 años se prorroga hasta el 31 de julio de 2020.

Beneficiarios:

– trabajadores de 65 años o más pertenecientes a las empresas e instituciones que fueran incluidas a partir del 1º de enero de 2009 en el ámbito de afiliación a la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias (Ley Nº 18.396 de 24 de octubre de 2008)

Plazo:

– se encuentra vigente a partir del 25 de marzo de 2020 y se servirá por un plazo máximo de 30 días

Tramitación:

– Aquellas empresas con empleados que vayan a adherir al presente sistema, deben remitir un listado en planilla excel con los trabajadores que harán uso del presente subsidio por enfermedad, informando C.I., nombre y apellido, fecha a partir de la cual se envía al trabajador al subsidio por enfermedad y por cuántos días (teniendo presente que de acuerdo a la reglamentación el máximo es por 30 días). La misma deberá ser remitida a: subsidios@cjpb.org.uy.

– NO se requiere certificación médica

– Los subsidios se abonan a partir del cuarto día informado por la empresa como fecha de inicio del beneficio, tal como se procede de acuerdo a la normativa general para subsidios por enfermedad.