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Comunicado 2023/001 de Gerencia de Recaudación y Fiscalización

A INSTITUCIONES ENTIDADES Y EMPRESAS COMPRENDIDAS (IEEC)

 

A partir del 01.12.23 próximo entran en vigencia algunas de las disposiciones de la Ley Nº 20.130, creadora del Sistema Previsional Común (SPC).

Conjuntamente con dicha norma legal entrarán también en vigencia algunos aspectos de la Ley Nº 20.208 modificativa de la Ley Nº 18.396 que rige para nuestro Instituto.

En ese sentido se ha dispuesto liberar varias comunicaciones a las IEEC comprendidas en el campo afiliatorio de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias con el fin de brindar orientación y asesoramiento sobre el tema.

 

Altas de personal con vigencia 01.12.2023 o posterior

Se recuerda a las afiliadas la obligación de informar las altas cómo máximo el mismo día en que se producen.

Al momento de procesar un alta se deberá ingresar la cédula del nuevo empleado en el Sistema de Conexión Remota (SICORE). Verificaremos en nuestras bases si registra actividad anterior y según sea el resultado surgen dos opciones:

  1. No cuenta con actividad anterior en nuestro Instituto o es un ingreso al mercado de trabajo. Corresponde la aportación a una AFAPs. Se rige por el SPC Ley Nº 20130
  2. Registra actividad bancaria anterior exclusivamente, en ese caso su afiliación está regida por la Ley Nº 18.396, no correspondiendo afiliación a la AFAPs.

El sistema sugerirá el camino a seguir sin perjuicio que es  obligación del empleador recabar la información necesaria para identificar correctamente la realidad de su futuro trabajador, y proceder en consecuencia.

Los trámites ante las AFAPs los deben hacer en forma personal los afiliados y son ellas los que comunican al Banco de Previsión Social las afiliaciones nuevas.

 

FERNANDO ALVAREZ VILLEGAS ANDRÉS BAUZÁ AGUILERA
Jefe de Departamento Gerente
Recaudación y Fiscalización Recaudación y Fiscalización

 

Montevideo, noviembre 30 de 2023

Información Importante – Subsidios por Desempleo por Causales COVID-19

Se pone en conocimiento de las instituciones, entidades y empresas comprendidas en el art. 3° de la Ley N°18.396 de 24 de octubre de 2008 y Ley N°18.401 de 24 de octubre de 2008, que a partir del 1° de octubre de 2021 cesarán las prórrogas de subsidio por desempleo parcial extendidas oportunamente hasta el 30 de setiembre de 2021 (covid-19, Resolución MTSS 87/2021).

De acuerdo con lo dispuesto por Ley N°19.972 de 13 de agosto del corriente y por Resolución 208/2021 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, las excepciones a lo resuelto deberán tramitarse exclusivamente ante el MTSS bajo las condiciones allí indicadas (se adjunta link a tales efectos).

 

Comunicado 2022/001 de Gerencia de Recaudación y Fiscalización

A INSTITUCIONES ENTIDADES Y EMPRESAS COMPRENDIDAS (IEEC)

Con  el objeto de actualizar la nómina de habilitados para actuar por Sección Fiscalización, dependiente del Departamento de Recaudación y Fiscalización de esta Gerencia de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, se pone en conocimiento de las instituciones, entidades y empresas comprendidas en el artículo 3º) de la Ley N° 18.396 de 24 de octubre de 2008, y Ley 18.401 de 24 de octubre de 2008, que las únicas personas autorizadas de dicha Sección son, a partir del 20 de abril de 2022, exclusivamente las que se detallan a continuación.

  • Gerente Recaudación y Fiscalización: Sr. Andrés BAUZÁ AGUILERA
  • Jefe de Departamento: Sr. Fernando ALVAREZ VILLEGAS
  • Jefe: Sra. María Alejandra MARCENARO ALBERTO
  • Sub Jefe: Cr. Agustín Rodrigo CABRERA GUERRERO
  • Bruno RODRIGUEZ TORALES
  • Jefe: Sra. Andrea Pamela ZAMORA CALVO
  • Héctor Ulises FIERRO CHOCHO
  • Joaquín GARCÍA CAMACHO

Este comunicado tiene vigencia a partir de la fecha de su emisión que luce más abajo, y anula los anteriores referidos al asunto.

El personal mencionado está habilitado en los términos establecidos por el artículo 38º del Decreto-Ley Nº 10.331 de 29 de enero de 1943, el Decreto-Ley Nº 14.306 de 29 de noviembre de 1974, sus modificativas y concordantes, y la Ley Nº 18.396 de 24 de octubre de 2008.

Los Inspectores deben concurrir munidos del carné identificatorio y la cédula de identidad correspondiente.

Ante cualquier duda, sírvanse contactar con la Gerencia de Recaudación y Fiscalización, a los teléfonos generales del Instituto 1925 interno 2214 de 12:50 a 19:20 horas, o de ser necesario a los celulares 099 151 091 o 099 124 179, de 9:00 a 12:50 horas.

  1. CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS;

    FERNANDO ALVAREZ VILLEGAS                                ANDRÉS BAUZÁ AGUILERA
                    Jefe de Departamento                                              Gerente
                  Recaudación y Fiscalización                         Recaudación y Fiscalización

 

Montevideo, 27 de abril de 2022.

Comunicado 2021/004 de Gerencia de Recaudación y Fiscalización

NUEVAS FUNCIONALIDADES y REPORTES EN SICORE 

Con el fin de brindar mejores servicios en referencia a la información declarada en nóminas de aportes, hemos creado nuevas funcionalidades dentro del Sistema de recaudación.

Podrán visualizarse dentro del menú principal bajo el nombre de “Informes”:

  • Reportes de la Prestación Complementaria Patronal dentro del último año móvil.
  • Montos imponibles de aportación comparados a precios constantes con el año anterior.
  • Análisis de todos los rubros de recaudación del último año móvil.

Podrá visualizarse en el menú de Recaudaciones bajo el nombre “Afiliados”:

  • Listado de altas y bajas en el último año móvil con detalle de causales.

Podrá visualizarse en el menú de Subsidios bajo el nombre de “Subsidios por Desempleo”:

  • Detalle de empleados enviados al seguro de paro, con informe de causales y período

Al momento de implementar nuevas funcionalidades, se comunicarán por esta vía.

Comunicado 2021/003 de Gerencia de Recaudación y Fiscalización

A INSTITUCIONES ENTIDADES Y EMPRESAS COMPRENDIDAS (IEEC)

            Con  el objeto de actualizar la nómina de habilitados para actuar por Sección Fiscalización, dependiente del Departamento de Recaudación y Fiscalización de esta Gerencia de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, se pone en conocimiento de las instituciones, entidades y empresas comprendidas en el artículo 3º) de la Ley N° 18.396 de 24 de octubre de 2008, y Ley 18.401 de 24 de octubre de 2008, que las únicas personas autorizadas de dicha Sección son, a partir del 1º de noviembre de 2021, exclusivamente las que se detallan a continuación.

  • Gerente Recaudación y Fiscalización: Sr. Andrés BAUZÁ AGUILERA
  • Jefe de Departamento: Sr. Fernando LAGOMARSINO MOSQUERA
  • Jefe: Sra. María Alejandra MARCENARO ALBERTO
  • Sub Jefe: Cr. Agustín Rodrigo CABRERA GUERRERO
  • Sra. Andrea Pamela ZAMORA CALVO
  • Sr. Fernando César ALVAREZ VILLEGAS
  • Sr. Héctor Ulises FIERRO CHOCHO
  • Sr. Joaquín GARCÍA CAMACHO
  • Sr. Bruno Iván RODRÍGUEZ TORALES

            Este comunicado tiene vigencia a partir de la fecha de su emisión que luce más abajo, y anula los anteriores referidos al asunto.

            El personal mencionado está habilitado en los términos establecidos por el artículo 38º del Decreto-Ley Nº 10.331 de 29 de enero de 1943, el Decreto-Ley Nº 14.306 de 29 de noviembre de 1974, sus modificativas y concordantes, y la Ley Nº 18.396 de 24 de octubre de 2008.

            Los Inspectores deben concurrir munidos del carné identificatorio y la cédula de identidad correspondiente.

            Ante cualquier duda, sírvanse contactar con la Gerencia de Recaudación y Fiscalización, a los teléfonos generales del Instituto 1925 interno 2214 de 10:00 a 18:00 horas, o de ser necesario a los celulares 099 151 091 o 099 124 179, de 9:00 a 10:00 horas.

p. CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS;

 

FERNANDO LAGOMARSINO MOSQUERA
Jefe de Departamento
Recaudación y Fiscalización
ANDRÉS BAUZÁ AGUILERA
Gerente
Recaudación y Fiscalización

Montevideo, 1º de noviembre de 2021.

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