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Comunicado 2021/002 de Gerencia de Recaudación y Fiscalización

A INSTITUCIONES ENTIDADES Y EMPRESAS COMPRENDIDAS (IEEC)

Comunicamos a las IEEC que se ha dispuesto la realización de una encuesta en línea destinada a medir la satisfacción de los usuarios de los distintos servicios que ofrece nuestro Instituto, así como a la identificación de eventuales problemas u oportunidades de mejora en el intercambio de información que se maneja a través de los distintos canales disponibles.

A la misma se accede en la plataforma de uso habitual del Sistema de Conexión Remota (SI.CO.RE.), utilizando los ID y contraseñas del o los usuarios que ejecutan regularmente las declaraciones de nóminas y otros intercambios de información.

En el inicio de la encuesta se puede hacer la opción de que las respuestas sean anónimas o quede identificado el usuario que respondió. En todos los casos se registrará qué IEEC completó la encuesta a los efectos del seguimiento y administración de la misma. Se admitirá una sola respuesta por IEEC.

Agradecemos completar la encuesta a efectos de contar con la opinión de primera mano de los usuarios habituales de los sistemas y canales de contacto, la cual nos permitirá mejorar y profundizar los servicios que hoy brindamos.

Saludamos a ustedes muy atentamente;

p. CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS;

 

FERNANDO LAGOMARSINO MOSQUERA
Jefe de Departamento
Recaudación y Fiscalización
ANDRÉS BAUZÁ AGUILERA
Gerente
Recaudación y Fiscalización

Montevideo, 29 de junio de 2021.

Comunicado 2021/001 de Gerencia de Recaudación y Fiscalización

A INSTITUCIONES ENTIDADES Y EMPRESAS COMPRENDIDAS (IEEC)

            Con  el objeto de actualizar la nómina de habilitados para actuar por Sección Fiscalización, dependiente del Departamento de Recaudación y Fiscalización de esta Gerencia de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, se pone en conocimiento de las instituciones, entidades y empresas comprendidas en el artículo 3º) de la Ley N° 18.396 de 24 de octubre de 2008, y Ley 18.401 de 24 de octubre de 2008, que las únicas personas autorizadas de dicha Sección son, a partir del 25 de marzo de 2021, exclusivamente las que se detallan a continuación.

  • Gerente Recaudación y Fiscalización: Sr. Andrés BAUZÁ AGUILERA
  • Jefe de Departamento: Sr. Fernando LAGOMARSINO MOSQUERA
  • Jefe: Sra. María Alejandra MARCENARO ALBERTO
  • Sub Jefe: Cr. Agustín Rodrigo CABRERA GUERRERO
  • Cr. José María ALVAREZ CARBAJAL
  • Sra. Andrea Pamela ZAMORA CALVO
  • Sra. Florencia Dayana GÓMEZ CEDRES
  • Sr. Fernando César ALVAREZ VILLEGAS
  • Sr. Héctor Ulises FIERRO CHOCHO
  • Sr. Joaquín GARCÍA CAMACHO

            Este comunicado tiene vigencia a partir de la fecha de su emisión que luce más abajo, y anula los anteriores referidos al asunto.

            El personal mencionado está habilitado en los términos establecidos por el artículo 38º del Decreto-Ley Nº 10.331 de 29 de enero de 1943, el Decreto-Ley Nº 14.306 de 29 de noviembre de 1974, sus modificativas y concordantes, y la Ley Nº 18.396 de 24 de octubre de 2008.

            Los Inspectores deben concurrir munidos del carné identificatorio y la cédula de identidad correspondiente.

            Ante cualquier duda, sírvanse contactar con la Gerencia de Recaudación y Fiscalización, a los teléfonos generales del Instituto 1925 interno 2214 de 12:50 a 19:20 horas, o de ser necesario a los celulares 099 151 091 o 099 124 179, de 9:00 a 12:50 horas.

p. CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS;

 

FERNANDO LAGOMARSINO MOSQUERA
Jefe de Departamento
Recaudación y Fiscalización
ANDRÉS BAUZÁ AGUILERA
Gerente
Recaudación y Fiscalización

Montevideo, 25 de marzo de 2021.

Información del MTSS – Renovación de Planilla de Control de Trabajo 2020

  1. Decreto 279/2017 de 2 de octubre de 2017 (.pdf 250 kb)
  2. Comunicado de 1° de setiembre de 2020 (.pdf 111 kb)
  3. Guía para Registro de Planilla de Trabajo (.pdf 35 kb)
  4. Guía para Renovación de Planilla de Trabajo para Empresas con Trabajadores Afiliados a Cajas Paraestatales (.pdf 36 kb)
  5. Guía de Clausura de Actividades para Empresas Comprendidas en el Decreto 279/2017 (.pdf 84 kb)

 

Subsidio Por Desempleo – Comunicado Sobre Último Día Trabajado (UDT)

A LAS INSTITUCIONES ENTIDADES Y EMPRESAS COMPRENDIDAS (IEEC)

Prórrogas de Subsidio por Desempleo

Se pone en conocimiento de las instituciones, entidades y empresas comprendidas en el artículo 3º) de la Ley N° 18.396 de 24 de octubre de 2008, y Ley Nº 18.401 de 24 de octubre de 2008, que a partir del 26 de julio de 2020 el formulario para nuevas solicitudes de subsidio por desempleo, al igual que el formulario de prórroga de subsidio por desempleo, referirá a la fecha de inicio del beneficio solicitado en lugar del UDT (último día trabajado).

Asimismo el formulario para nuevas solicitudes que debe completar el trabajador no requerirá que indique la fecha de inicio; se tomará como válida la indicada por la empresa en su respectivo formulario.

Se recuerda que la empresa dispone de un plazo máximo de 10 días a partir de la fecha de inicio del beneficio para remitir a la CJPB su formulario, ya sea para un nuevo subsidio o para una prórroga del mismo.

No obstante y para prevenir pagos en demasía (sobre todo cuando dejan de percibir un subsidio por suspensión total por hasta 4 meses y a continuación solicitan un subsidio COVID-19 para la misma persona), se reitera que en el mismo día del corte y/o reintegro a la actividad deben comunicar vía SICORE el reintegro a la actividad y/o el pasaje a subsidio por otro régimen.

Ante cualquier duda, sírvanse contactar a la Sección Informes y Gestiones teléfono 1925 (internos 1239  o  1403), a la Gerencia de Prestaciones (interno 2316), de 12:50 a 19:20 horas, o al correo  desempleo@cjpb.org.uy.

Gerencia de Prestaciones
26 de julio de 2020

 

Subsidio Por Desempleo – Nuevo Trámite de Solicitudes de Prórrogas

A LAS INSTITUCIONES ENTIDADES Y EMPRESAS COMPRENDIDAS (IEEC)

Se pone en conocimiento de las instituciones, entidades y empresas comprendidas en el artículo 3º) de la Ley N° 18.396 de 24 de octubre de 2008, y Ley Nº 18.401 de 24 de octubre de 2008, que a partir del 13 de junio de 2020 las solicitudes de prórroga de subsidios por desempleo deberán tramitarse únicamente por la EMPRESA mediante ingreso al SICORE. Para eso se dispuso de una nueva opción dentro de la funcionalidad utilizada a tales efectos. Allí deberán ingresar la cédula de identidad del trabajador, la causal del subsidio, día a partir de la cual se solicita la prórroga del nuevo período que inicia y cantidad de días por los que permanecerá en usufructo del beneficio.

 

 

Se reitera que tanto las altas como las bajas que se produzcan deberán ser informadas a través del SICORE, por las vías habituales en el mismo día en que acontezcan.

La Resolución del MTSS de 3 de abril de 2020 sobre las causales COVID-19 establece que “el monto a percibir en ningún caso será inferior al setenta y cinco por ciento (75%) del promedio de las remuneraciones mensuales percibidas en los últimos seis meses, incluyendo la suma nominal abonada por el empleador por el período efectivamente trabajado”.

Por ese motivo, si es posible para la empresa, al momento de completar el formulario para un nuevo beneficio o prórroga podrá proyectar las partidas salariales que el trabajador percibirá en el mes de usufructo del subsidio e incluirlos en el formulario online vía SICORE, y de esa manera comenzará el trámite interno en CJPB.  De lo contrario, si la empresa no envía los datos de las partidas a abonar en dicho formulario online, se estará a la espera de la declaración mediante nómina de recaudación de aportes a mes vencido (8º día hábil del mes siguiente) para comenzar el trámite interno.

Esta solicitud no debe remitirse antes del día de comienzo de la prórroga y no será necesaria la remisión de ningún otro formulario ni documentación por parte del afiliado.

Ejemplo:

  • Sueldo PROYECTADO junio: $ 12.300
  • Comisiones PROYECTADAS junio: $ 8.900
  • Prima presentismo PROYECTADA junio: $ 1.500
  • Toda otra partida PROYECTADA por junio

 

Ante cualquier duda, sírvanse contactar a la Sección Informes y Gestiones teléfono 1925 (internos 1239  o  1403), a la Gerencia de Prestaciones (interno 2316), de 12:50 a 19:20 horas, o al correo  desempleo@cjpb.org.uy.

Gerencia de Prestaciones
12 de junio de 2020

 

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